Este mes culmina el régimen opcional de Impuesto Sustitutivo de impuestos finales FUT (ISFUT) establecido por la Ley 21.210 de 24.02.2020.
Hasta el último día hábil del mes de abril de 2022, los contribuyentes del Impuesto de Primera Categoría que mantengan saldo de utilidades generadas al 31 de diciembre de 2016 (FUT) pendientes de retiro, remesa o distribución al 31 de diciembre de 2021, podrán acogerse al ISFUT pagando una tasa del 30%.
Contra dicho impuesto procede la deducción del crédito por Impuesto de Primera Categoría, y podrán retirarse posteriormente, con preferencia.